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Ayudas para inversión, mejora y digitalización del pequeño comercio

Actualidad económica y social de Teruel
Ayudas para inversión, mejora y digitalización del pequeño comercio


Estas ayudas están dirigidas a iniciativas empresariales de inversión y mejora en el pequeño comercio en Aragón. Podrán acceder a esta línea las pequeñas y medianas empresas comerciales minoristas que realicen su actividad comercial en un establecimiento físico permanente, inscrito en el registro de actividades comerciales.

La actividad principal deberá quedar dentro de alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas: 641, 642, 643, 644, 645, 647.1, 647.2, 647.3, 647.4, 651, 652.2, 652.3, 652.4, 653, 654.1, 657, 659, 661.3 y 662.2.

Actuaciones subvencionables

  • Obras de adecuación y equipamiento para la accesibilidad universal, o la supresión de barreras para personas con discapacidad.
  • Mejoras y equipamiento de escaparates.
  • Rótulos, toldos y marquesinas exteriores.
  • Equipamiento destinado a la sala de ventas: mobiliario de exposición, cámaras frigoríficas, y balanzas o TPVs.
  • Adecuación de puertas de acceso para que permanezcan cerradas, ya sea por medios mecánicos o electrónicos.
  • Inversiones en la transformación digital del establecimiento comercial para mejorar la gestión interna del negocio, o para incorporar o mejorar la venta a través de canales digitales que fomenten la omnicanalidad y mejoren la experiencia de compra de los clientes.
  • Inversiones en la conectividad mediante enrutador satelital.
  • Adquisición de herramientas tecnológicas para la realización de diagnósticos sobre la viabilidad del negocio, su potencial transmisión o relevo generacional.
  • Inversiones en seguridad del espacio de venta.

Las actuaciones deberán haberse ejecutado con anterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda. Los justificantes de gasto y de pago deberán estar comprendidos entre el 11 de mayo de 2023 y la fecha de presentación de la solicitud.

Cuantía

El importe de la subvención será de hasta el 80% de los gastos subvencionables, con un gasto máximo subvencionable de 6.000 euros por establecimiento comercial.

Plazo

El plazo de presentación finalizará el 31 de mayo de 2024.

Enlace a la convocatoria completa en el BOA.
 

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