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Subvenciones para el fomento del empleo estable y de calidad

Actualidad económica y social de Teruel
Subvenciones para el fomento del empleo estable y de calidad

Se han convocado las Subvenciones para el fomento del empleo estable y de calidad del Gobierno de Aragón (ORDEN EMC/613/2026 de 14 de abril. BOA: 30/04/2026).

La finalidad de estas ayudas es fomentar la contratación indefinida de personas desempleadas, especialmente de aquellas con mayores dificultades de acceso al mercado laboral debido a su edad o períodos prolongados en situación de desempleo. Asimismo, se incentiva la conversión de contratos formativos en indefinidos, promoviendo la estabilidad laboral de personas jóvenes, con especial atención al colectivo femenino y al empleo en núcleos de población reducida.

Beneficiarios

Empresas, autónomos y entidades sin ánimo de lucro.

Actuaciones subvencionables

Contratos indefinidos iniciales.
  • Requisitos: contratación a jornada completa de personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo que pertenezcan a los siguientes colectivos: menores de 30 años, mayores de 45 años o parados de larga duración.  
  • La fecha de inicio y de alta en la Seguridad Social de la persona contratada deberá estar comprendida entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.
Conversión de contratos formativos en indefinidos.
  • Pueden acogerse los contratos de formación en alternancia y los contratos formativos para la obtención de la práctica profesional.
  • La fecha de la conversión y de alta como indefinido en la Seguridad Social deberá estar comprendida entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.
En ambos casos, tanto la contratación como la conversión en indefinidos deberán suponer un incremento neto de la plantilla fija de la empresa en relación con el promedio de la plantilla en los seis meses anteriores.  

Plazo de solicitud

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles desde el día siguiente a la fecha de alta en la Seguridad Social de la persona contratada. En aquellos casos en que esta fecha sea anterior a la entrada en vigor de la convocatoria, el plazo de quince días hábiles se contará desde el día siguiente a su publicación en el BOA.

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